Candidatos Revisoría Fiscal

El JUEVES 1 DE DICIEMBRE DEL 2022, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., se realizarán las Elecciones del Revisor Fiscal de la entidad, para el período 2023-2026.

Los sufragantes podrán ejercer su libre derecho al voto en el Municipio de Itagüí (Calle 48 #50-16 Parque Obrero – Brasil) o en las Sedes Seccionales de la entidad en los municipios de Envigado (Calle 39 Sur N°. 40-45, Sector “Guanteros”);Caldas (Calle 128Sur N° 50-44 Local 9905 Mall Antares); Sabaneta (Calle 69Sur N°45-54 Frente al Mall Sabaneta Plaza), y de La Estrella (Cra. 60 N°. 79 Sur – 59, a una cuadra del Parque Principal).

En los comicios podrán sufragar las Personas Naturales y Jurídicas Afiliadas que se encuentren incluidas en el Censo Electoral publicado por la Cámara de Comercio Aburrá Sur y que a la fecha de la elección sigan cumpliendo todas las disposiciones y exigencias de la Ley 1727 del 2014 y su Decreto Reglamentario 2042 del 2014.

Las Personas Natural ejercerán directamente su derecho al voto, en tanto que las Personas Jurídicas lo harán a través de uno de sus Representantes Legales.

El voto es personal e intransferible, por lo que no se aceptarán poderes para el ejercicio de este derecho electoral.

Las 4 firmas aspirantes al cargo de la Revisoría Fiscal de la Cámara para el período 2023-2026 son los siguientes:

NúmeroFirma AspiranteRevisor Fiscal PrincipalRevisor Fiscal Suplente
  1  Auren Consultores Medellín S.A.S.  Raúl Alberto Menco Vargas  Paula Andrea Orjuela Ramírez María Isabel Navas Díez
    
  2  Russell Bedford  GCT S.A.S.  Zulima López Arango  Sandra Milena Pineda Cosme Érica María Vergara Salazar
    
  3    Mazars Colombia S.A.S. BIC  Ernesto Erazo Cardona  Vivian Paola Mariño Monroy Isabel García Cano
    
  4    Kreston RM S.A. – Colombia      Hernán Mora Martínez  Luz Aida Montes Ríos Angie Katherine Pachón Cabrera  

Se recuerda a todos los Afiliados aptos para votar que para hacer efectivo su derecho al sufragio, deben presentar su cédula de ciudadanía laminada o de extranjería al Jurado Electoral.